Juicio de faltas
Es un procedimiento rápido, acelerado y ágil para enjuiciar las infracciones penales leves, denominadas faltas, que se resuelven mediante un juicio ante el juzgado de instrucción.
En los juicios de faltas no es obligatoria la intervención de un abogado o un procurador, pudiendo defender el interesado sus intereses personalmente. Sin embargo, hay que tener en cuenta que sus escasas normas procesales y la falta de instrucción previa en este tipo de juicios, agiliza los trámites pero exige de una gran habilidad es su desarrollo para obtener un fallo favorable.
En el caso de accidentes de tráfico, se regula como un juicio de faltas los tipificados como imprudencias con resultado de lesiones.
El plazo para interponer la denuncia es de seis meses desde el justo momento en que se produce el resultado dañoso (en nuestro caso las lesiones por accidente de tráfico).
Puntos a tener en cuenta en un juicio de faltas
Como ya hemos comentado, en los juicios rápidos no existe instrucción previa. El juez encargado de la "instrucción" es el mismo que se encarga del juicio.
Al imputado se le debe poner en conocimiento siempre el hecho de que se le imputa e informarle del inicio del proceso del juicio de faltas.
El juicio de faltas comenzará con el Ofrecimiento de Acciones o ratificación de la denuncia.
En el juicio de faltas se procederá a la elaboración por parte del perito del Juzgado o del médico forense del informe de sanidad, a petición de la acusación o de oficio.
El hecho tipificado, es decir la imprudencia con resultado de lesiones, es un ilícito de resultado lo que quiere decir que no basta con que el infractor ha cometido una imprudencia al volante sino que las lesiones son consecuencia directa de esa imprudencia. Esto se llama nexo causal y la única forma de acreditarlo es mediante la presentación del informe de urgencias que certifica que las lesiones fueron causadas por el accidente de tráfico.
Para optar a una indemnización en estos casos es necesario que las lesiones requieran de más de un tratamiento médico o quirúrgico. Para acreditar dicho tratamiento es necesario la presentación de informes médicos en los que se prescriba tratamiento al lesionado. En estos informes se reflejarán los daños que quedan contemplados en el Baremo de Tráfico y que a la postre serán los indicadores de la cuantía de la indemnización.
El juicio de faltas se rige por el principio acusatorio por lo que nunca se condenará al pago de una indemnización superior a la solicitada por el demandante. Por esta razón es importante solicitar el máximo que en derecho pueda corresponder al demandante.
Las partes en el procedimiento tienen la facultad de impugnar lo establecido por el forense, por lo que es importante contar con asesoramiento médico que permita valorar el informe oficial.



