Acerca de

Ha sufrido un accidente de tráfico o laboral con lesiones?

Indemnización por Accidente, permite que su indemnización sea negociada por un equipo inmejorable de abogados especialistas en la valoración y reclamación del daño corporal, asegurándole que recibirá la mejor indemnización posible.

* Estudiaremos su caso y le asesoraremos gratuitamente.
* Si tiene derecho a indemnización nuestros profesionales harán la reclamación que se adapte a su caso.
* No tiene que pagar nada, sólo si cobra una indemnización recibiremos un pequeño porcentaje previamente pactado, que en la mayoría de los casos será pagado por su aseguradora.
* Somos una empresa que trabaja a nivel nacional con un excelente porcentaje de resultados satisfactorios.
* Su reclamación será llevada por uno de nuestros abogados especialistas en la reclamación del daño corporal, el cual le asesorará en todo momento sobre las dudas tanto médicas como legales que le puedan surgir y le mantendrá informado de cada paso que se de en el procedimiento.
* Para recibir información sobre su reclamación simplemente llámenos o complete nuestro formulario on-line de una manera cómoda, sin compromiso y completamente gratis.
* En menos de una hora recibirá contestación que se adaptará a su caso y a la mejor manera de proceder ( sujeto a horarios).

{ 36 comments… read them below or add one }

Elisabeth 23 abril, 2012 en 20:17

Hola, tuve un accidente laboral al trabajo hace año y medio. Me operaron tres veces por factura de rotula traversal. Despes de 14 meses me hacen una resonancia magnetica y me diagnostican meniso roto, cartilago desgastado y varias cosas mas. Dentro de una semana tengo el tribunal medico pero aun no tengo diagnostico claro ni la solucion. Tengo muchos dolores y muchas secuelas. Que debo hacer si aun no me dan ninguna solucion? Me daran indemnizacion? Me habian dicho que puede que me den la invalidez total, eso que quiere decir? Os agradeceria que me ayudaseis, gracias.

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Indemnización por Accidente 28 abril, 2012 en 7:18

Elisabeth, efectivamente necesitas ayuda porque no tienes nada claro la situación a la que te enfrentas, pero tranquila que vamos a tratar de aclarartela. Si necesitas más aclaración puedes consultar gratuitamente por teléfono en el 914351078 o 934147320.

Lo primero que debes saber es que sólo se podría reclamar una indemnización si en el accidente laboral hubio alguna omisión de medidas de seguridad. En ese caso habría que presentar una denuncia y reclamar a la empresa.

Otro tema es el tema de la incapacidad, que pr cierto puedes sacar más información en nuestra web dedicada a la incapacidad permanente. El tribunal médico establecerá tu grado de incapcidad. Si te conceden la parcial la S.S te pagará una indemnización de 24 mensualidades y no necesitas abogado para reclamarla. Si te reconocen la total, te quedará una pensión del 55% o del 75% en función de tu edad y podríamos reclamar la indemnización que establezca el convenio (en esto si te podemos ayduar nosotros).
Debes andar con cuidado porque la seguridad social está denegand las incapacidades con mucha facilidad suponemos que debido a la coyuntura económica, por lo que si no estás de acuerdo con la resolución, ponte en contacto con nosotros en seguida porque el plazo para reclamar es de tan sól 30 días

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noelia 14 abril, 2012 en 14:24

hola,mi marido tuvo un accidente en su trabaajo y se fracturo el tobillo y el hueso calcaneo. el hueso calcaneo se fracturo en 3 pedazos. los medicos le van a hacer una oepracion el dia miercoles 18/04/2012. uds nos podrian asesorar como seria un reclamo digno, ya q el por la artrodesis q le kedo le van a unificar los huesos por los dolores. gracias

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Indemnización por Accidente 15 abril, 2012 en 21:04

Noelia desgraciadamente estamos al corriente de lo complicadas que son las fracturas de calcaneo como la sufrida por tu marido, y si a eso se le une una artrodesis de tobillo será muy probable que le incapacite para numerosas profesiones. Por eso podemos estar ante una indemnización bastante elevada pero siempre y cuando podamos demostrar que en el accidente hubo algún tipo de omisión de medidas de seguridad.

LLámanos al 914351078 o al 934147320 y os asesoraremos

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Andreas 4 abril, 2012 en 5:42

Hola, hace 11 meses sufrí un accidente en la autoescuela haciendo prácticas con la moto. El resultado de la caida fue una desinserción cubital del complejo del fibrocartílago triangular en la muñeca y una fractura polo distal de la rótula izquierda.

5 meses más tarde de la caida me operaron de la muñeca a traves de artroscopia y me hicieron una resonancia en la rodilla con la conclusion de tener todavía una fractura vertical no consolidada de la rótula. A partir de entonces sigo teniendo dolores en ambos miembros y no he podido trabajar ni ir a clases por que me cuesta subir 3 pisos a través de las escaleras.

Mi pregunta es que, si me han quedado 5 cicatrices de entre 0´5 y 1 cm de grande desde la operacion más uno que me hice en el codo cuando pasó el accidente ( 2cm apróx.) ¿también se me indemniza por ello?

Y por hacer reconocer las secuelas, ¿está obligada la mutua a hacer más resonancias para verificar que la fractura de la rodilla ha consolidado o no? y, para saber si la muñeca sigue teniendo problemas aún después de la operación, ¿me harían otra? es que carezco de medios economicos para pagarlo yo mismo y ya me quieren dar de alta la rodilla alegando que eso se cura con el tiempo, y yo la verdad no sé si fiarme de su palabra. Como dice el dicho, “confiar está bien, pero controlar es aún mejor”. gracias.

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Indemnización por Accidente 9 abril, 2012 en 19:14

Andreas hay algo que no entendemos de tu consulta. Damos por hecho que el accidente fue fortuito y no hubo nadie más implicado no? Si es así no tendrías derecho a indemnización. Sin embargo hablas de que te está tratando la mutua, es la mutua de trabajo o la mutua madrileña?

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Andreas 11 abril, 2012 en 3:44

Hola, gracias por responder más que nada. Perdon si no me he explicado, pero es que llevo tanto tiempo entre abogados y mutuas que lo doy todo por abvio. No sé como por donde empezar. Se supone quien estuvo implicado era el profesor de la autoescuela, quien daba las clases con la moto. Pero vayamos por partes, empezaré contando lo que sucedió:

Yo asistía a mi tercera clase práctica de moto en circuito. Como desde el principio, no conseguía superar bajar la marca de 17 segundos que exigia DGT para superar la prueba bajo cronómetro. Yo, viendo que el caballero que impartía lecciones se pegaba los 45 minutos fumando, pensé que podria darme un consejo de como conseguir superar la marca. El amablemente me respondia, “debes de ir más rápido, ya le cogerás el truco a medida que sigues en las prácticas”. Y claro, yo que nunca he conducido una moto, parecía que el hombre no queria desperdiciar fuerzas para las caladas y me propuse a averiguarlo por mi cuenta…
El mismo día de Mayo del 2011, 5 minutos antes de que me tocara el turno para coger la moto y empezar con la sesión de 45 min de prácticas, veía como otro alumno conseguía superar la prueba de velocidad con apenas unas milesimas por debajo del tiempo. Lo que él hacía era llegar a toda mecha a la linea de detención con la moto sobre la rueda delantera cuando frenaba, osea, casi haciendo malabarismo, y aún así, en la mayoria de las veces que volvia a repetir la prueba se quedaba por encima del tiempo. Bien, con la experiencia que obtuve con esta observacíon me propuse hacer lo mismo después de escuchar en repetidas ocasiones el consejo que me dió el profesor descrito en el párrafo anterior, sólo que no con el resultado que me esperaba. La frenada fue algo brusca en relación a la velocidad que llevaba, la rueda trasera se fue hacia un lado y se despegó del suelo haciendo que yo saliera despedido por los aires en dirección a una pared que está justo detrás de la linea de detención. Caí al suelo, creo que con la rodilla primero, y después cubriendome con los brazos, seguido de la moto, que aterrizó encima de mis piernas. Al principio el dolor fue insoportable, pero a lo largo de los 5 minutos siguientes el preofesor, que estaba mirando durante un rato, se acerco a mi e intento levantarme diciendo que no era nada, al final me levante yo solo cuando cedió el dolor. Preocupado, le pregunté si la moto estaba en orden y me fije (a proposito) que la moto ya tenía algunas historias que contar, con luces intermitentes y luces de visión pegados con cinta adesiva a la carroceria. No me volví a subir a la moto, quitandome el casco y no las rodilleras y coderas, ya que no las llevaba. Me dirigí al coche caminando, me subí, y me quede un buen rato observando la rodilla y la ropa de lo destrozado que estaba, hasta cuando se me acerco el profesor y me dice que iva a dar parte del asunto. Incluso después de todo, salí de allí conduciendo! pero con unos dolores que ni me imaginaba. Bueno, el caso es que me fuí al centro de salud y de allí ya me enviaron al hospital al ver que ya no podia caminar del dolor…

En fin, esa es la historia, de mutuas no tengo ni idea pero los que se encargan de mandarme a rehabilitación son los de Zurich, que también contratan a un perito y a los traumatólogos, que a su vez piden resonancias. Una cosa que he hecho por mi cuenta es la de contratar un abogado al saber que yo figuro como acompañante siendo o no el conductor de la moto. Y efectivamente el abogado me ha dejado saber que sí hay indemnización desde este punto de vista. ¿Qué opinas? Dirección General de Tráfico si exige superar una prueba de velocidad contrareloj, pero de 25 segundos. Averigué que el patio que tenía el profesor no era lo suficienemente grande para alvergar un circuito como el oficial y por lo tanto se recorto el tiempo en proporcion al tamaño del circuito que tenian en tal patio. Espero que haya explicado bien, cualquier cosa te sigo contestando.

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Juan 7 febrero, 2012 en 17:24

Hola, en noviembre del 2009 sufrí un accidente laboral con una fractura intraarticular de radio distal por la que me intervinieron para ponerme un placa con tornillos, y tras seis meses de baja el doctor me “aconsejo” ponerme a trabajar para ver la evolución. A los cuatro meses, padeciendo dolores y mucha limitación para realizar mi trabajo, me vuelven a intervenir por segunda vez con una artroplastia-artrodesis de Sauvé-Kapandji y Artrodesis de RCD con un tornillo.
Actualmente sigo de baja y en la ultima revisión el doctor me comento que cuando me den el alta tengo que pasar el tribunal medico para que valoren las secuelas y así indennizarme.
¿Que debo hacer cuando me digan la cantidad?
Gracias, un saludo

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Indemnización por Accidente 12 febrero, 2012 en 9:34

Juan, tienes que tener cuidado que no te confundan con los terminos. Cuando en este blog nosotros hablamos de indemnización por accidente laboral nos referimos a la indemnización que se puede reclamar cuando el accidente no ha sido por culpa exclusiva del trabajador sino que ha habido algún tipo de omisión en las medidas de seguridad por parte de la empresa. Esta indemnización sule ser elevada. Sin embargo la mutua lo que te está diciendo es que te proponen al tribunal médico como lesiones permanentes no invalidantes para que te den una indemnización de unos 2000-3000 euros. Esto sería correcto si en el accidente no hubo negligencia de la empresa y si realmente tu puedes realizar tu trabajo con normalidad. Si no es así tendrías serecho a otra seríe de prestaciones o indemnizaciones. LLámanos y cuéntanos

Responder

Beatriz 5 febrero, 2012 en 21:49

Buen Día quisiera hacer una pregunta acerca de indemnización por accidente de tráfico.
Hace ya 3 semanas tuve un accidente de coche, el cual fué provocado por imprudencia de otro conductor , mas exactamente se pasó el semáforo en rojo;el coche lo han dado como pérdida total y aparte yo que era la copiloto y del cual recibí todo el golpe he estado estas semanas de baja y mi médico de cabecera me envió a Fisio por dolor en la espalda que hay momentos en los cuales se agudiza. Quisiera saber que debo hacer ya que no he recibido ninguna noticia por parte del seguro y que pautas debo tomar ante esto??
Un Saludo

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Indemnización por Accidente 7 febrero, 2012 en 11:43

Beatriz, primero te vamos a contestar acerca de los daños materiales. Si te han dado el coche siniestro total, has de saber que no te debes conformar con el valor venal que te va a ofrecer tu propia aseguradora. Las compañías tienen suscrito un acuerdo entre ellas (CICOS) por el cual tu aseguradora será la que te haga el ofrecimiento del valor del vehículo. Esto lleva aconfusión a la mayoría de los asegurados, ya que al ser su propia aseguradora la que negocia con ellos piensan que eso es lo justo y de hecho muchos conductores con el coche a todo riesgo leen la póliza y efectivamente suele marcar como el valor venal el precio a pagar por un siniestro total. Sin embargo no tenemos que olvidar que con la aseguradora del coche contrario tu no tienes ningún contrato ni póliza ni nada por lo que debes exigir la reparación del vehículo o al menos, en caso de que la reparación sea antieconómica, el valor de afección o el valor real de ese coche en el mercado de segunda mano.

Recuerda que tu propia aseguradora te paga una cantidad para la libre elección de abogados. LLámanos y te asesoraremos en profundidad

En cuanto a las lesiones, siempre recomendamos presentar una denuncia cuanto antes en el juzgado y solicitar que sea un médico forense ajeno a las aseguradoras el que valore las lesiones y que no sean las aseguradoras las que lleguen a acuerdos a la baja igual que hacen con los daños materiales

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Ana 4 enero, 2012 en 8:03

Mi madre sufrió un accidente en un supermercado el pasado 3 de octubre por culpa de un suavizante que había desparramado por uno de los pasillos.
A raiz de ello se fracturó la muñeca derecha (es diestra).
El encargado nos dio el teléfono del corredor de seguros y le abrieron un expediente de accidente.
Después de 3 meses necesita rehabilitación y en el seguro nos dicen que no tienen médicos aquí para que se la den, que mi madre la abone primero y luego se lo devuelven, pero claro, ella no dispone de ese dinero así que se lo van a hacer por la seguridad social al igual que todas las curas realizadas hasta ahora.
Mi pregunta es, ¿a mi madre le tienen que abonar todos estos días desde el 3 de octubre hasta que le den el alta en rehabilitación?. ¿Que daños podemos reclamar cuando hemos tenido que vestirla, bañarla, hacerle las labores del hogar, la comida, porque ella no podía valerse por sí misma?. Gracias.

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Indemnización por Accidente 4 enero, 2012 en 11:04

Ana, tu madre puede y debe reclamar una indemnización por daños y perjuicios. Lo normal es intentar una reclamación extrajudicial a través de una valoración por parte de un médico especialista en la valoración del dañó corporal que calculará la indemnziación que le corresponde. Si el supermercado no quiere pagar, habría que iniciar entonces una reclamación judicial.

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sesami 2 enero, 2012 en 0:12

Que indemnización me correspondería por una rotura del maleolo tibial el cual se ha tenido que operar poniédole dos tornillos, un esguince cervical y lumbalgia postraumática, todo ello provocado por un accidente de tráfico durante horas de servicio, osea trabajando y como consecuencia de un conductor que circulaba en dirección contraría?

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Indemnización por Accidente 4 enero, 2012 en 11:14

Hola, es complicado decirte una cifra con la información que nos das. Para la correcta valoración de las lesiones se necesita un estudio de la documentación médica y un reconocimiento por parte de uno de nuestros peritos médicos. Habría que estudiar por ejemplo si esa fractura te limita algunos movimientos, si te produce dolor y cual es el tamaño de la cicatriz que te ha producido la operación (también se tiene que valorar el perjuicio estético). Otro factor a tener en cuenta sería si esas lesiones te puden limitar parcialmente para la realización de tu trabajo porque esto aumentaría la indemnización en unos 10.000 euros. O también si existe algún tipo de secuela psicológica como miedo a conducir, stess postraumático etc, así como añadirle el factor corrector por el perjuicio económico que en función de tu salario aumentará la indemnización en un porcentaje.

Como verás el cálculo de la indemnización no es tarea sencilla y requiere de la intervención de especialistas en reclamación de indemnizaciones como nosotros.

Si necesitas un asesoramiento más profundo no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 914351078 o 934147320

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miryam 5 noviembre, 2011 en 13:34

aun no se ha iniciado nada judicial por parte de la familia…mi pregunta seria, cuanto corresponderia por indemnizacion por todos estos 9 meses de angustia,dolor que vivio la familia y negligencia comprobada por parte de la empresa…si la empresa no dio nada en lo economico a los familiares ….en esta pagina se muestra mas detalles del suceso…agradeceria mucho su ayuda.
sutota-toquepala.blogspot.com/2011/09/comunicado-conjunto-de-5-sindicatos-de.html

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Indemnización por Accidente 12 noviembre, 2011 en 17:06

Miryam, hemos visitado el enlace que nos mandas y me temo que no te podemos ayudar ya que ese suceso no ocurrió en España y desconocemos la legislación de tu país. Lo siento y buena suerte

Responder

miryam 5 noviembre, 2011 en 12:38

el 13 de enero de 2011,mi tio con 30 años de experiencia(conductor de volquete minero) sufrio un accidente dentro de su hora laboral, en la mina toquepala(tajo abierto) southern Peru ……se encontraba estacionado en el volquete minero esperando a ser cargado por la maquinaria pala de mineral cuando repentinamente se desprende el suelo y cae a mas de 250 metros de altura y el cuerpo no fue encontrado hasta el 16 de octubre del 2011…y ahora se sabe que no hubo estudio del lugar por geotecnia…

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beatriz 3 noviembre, 2011 en 13:40

mi marido,sufri,o una angina de pecho progresiva mientras apagaba un incendio(es bombero),la mutua fremap,es la q le lleva,pero ha recibido una carta del tribunal médico de la s.s. para revisar su incapacidad temporal.La mutua debe darle una indemnización por accidente de trabajo,pero si le dan la ip,¿qué pasará? no tenemos ni idea si la mutua no quiere saber nada y se lo ha pasado al INSS,o es q no quiere dar la

indemnización q corresponde.
gracias

Responder

Indemnización por Accidente 3 noviembre, 2011 en 17:44

Beatriz, lo primero que hay que estudiar es que es lo que le interesa a tu marido si una incapacidad parcial con una indemnización de 24 mensualidades o incluso si no estuviera apto para trabajar en el mismo puesto de trabajo una incapacidad permanente total.
Es muy importante que se tenga este tema claro antes de pasar un tribunal médico.

Facilítanos un teléfono de contacto o llámanos al 914351078 y os asesoraremos con mayor profundidad.

Un saludo

José Luis

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justo 10 octubre, 2011 en 18:22

Hace un año sufrí un accidente laboral con fracturas costales multiples, traumatismo raquídeo con fracturas de apófisis espinosas y transversas con gran desplazamiento y fractura de pilón tibial tratada con osteosíntesis. quisiera conocer cuáles son mis opciones dado que han quedado secuelas aún no reconocidas. hubo investigación por parte de inspectores de trabajo y la empresa fue encontrada responsable de falta grave. gracias

Responder

Indemnización por Accidente 11 octubre, 2011 en 9:47

Justo, si ha habido un acta de infracción significa que en tu accidente laboral hubo omisión de medidas de seguridad, por lo que podemos reclamar una indemnización a tu empresa y a su seguro de responsabilidad civil. No nos comentas si te ha valorado un tribunal médico de la seguridad social y si te han reconocido algún tipo de incapacidad permanente. Si no ha sido así, ese es el primer paso que hay que dar ya que la cuantía de tu indemnización se vería ampliamente aumentada si te reconocen algún tipo de incapacidad.
Nosotros tenemos peritos médicos que pueden valorar tus lesiones, te recordamos que no cobramos nada por anticipado hasta que se consiga la indemnización. Ponte en contacto con nosotros y te podremos decir que cantidades te corresponden de indemnización y te asesoraremos también por el tema de la incapacidad sin compromiso ni coste alguno…

Un saludo

José Luis

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aman 7 octubre, 2011 en 14:25

hola! sufri una caida en mi trabajo, me operaron y se me ha quedado una cicatriz de 18cm en el muslo de la pierna dcha. cuanto se cobrara por esta cicatriz? gracias!

Responder

Indemnización por Accidente 10 octubre, 2011 en 17:46

Aman, podrían haber distintas indmenizaciones, una, la más pequeña que será de unos 1000 2000 euros te la pagará la mutua por las lesiones permanentes no invalidantes, y la otra, la que gestionamos nosotros sería la indemnización por responsabilidad civil en caso de que haya habido alguún tipo de omisión de medidas de seguridad por parte de tu empresa…. Esta indemnización podría ser mucho mayor pero debe haber habido alguna irregularidad por parte de la empresa…

Llámanos y cuentanos como ha sido tu accidente y te asesorarmeos sin compromiso…

Responder

stella maris 4 agosto, 2011 en 0:27

mi marido tuvo un accidente saliendo de mi casa para el trabajo…se quebro la tibia y el perone,fue operado y le pusieron 12 tornillos .le quedo una cicatriz de 10 cm…esto fue hace 3 años .cuanto le corresponderia cobrar??

Responder

Indemnización por Accidente 4 agosto, 2011 en 8:37

Stella, el accidente que sufrió tu marido se denomina accidente in itinere. Si el accidente no fue culpa tuya debería haber cobrado una indemnización de unos 15-20.000 euros aproximadamente. Si fue culpa suya, aunque también sea considerado un accidente laboral no tendría derecho a indemnización salvo por una pequeña cantidad que se valora según un baremo de lesiones permanentes no invalidantes que podría ser de unos 2000 euros aproximadamente… Esta cantidad se la tendría ya que haber abonado la propia mutua laboral que le facilitó el tratamiento médico.

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encarni 1 junio, 2011 en 19:06

hola mi consulta es, tengo mucha artrosis en el tobillo, por cualpa de una antigua lesion en una empresa, rotura tibia y perone, ahora me dicen que no tiene solucion y que tengo que hacerme una artrodesis, de tobillo y no siempre quedas bien y el nivel de vida ha veces es muy dificial incluso te dan una invalidexz de un 33 por ciento, soy joven tengo 40 años, yo queria saber tendria alguna culpa la empresa o se tendria que hacer cargo si no pudiera trabajar, aunque hace 18 añosde l accidente, y si no tiene ninguna responsabilidad, que podria hacer? un saludo

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ixa 6 junio, 2011 en 16:32

Hola, a la empresa ya no le puedes reclamar indemnización 18 años después, sin embargo deberías solicitar una incapacidad permanente total para tu profesión para conseguir una pensión vitalicia del 55% de tu salario. Lo primero que tendríamos que hacer es que nuestro equipo médico estudie tu documentación médica, y en caso de que estimen que tus lesiones te incpacitan para el desempeño de tu profesión habitual, tendríamos que reclamarlo a la seguridad social.

Te recordamos que nuestro asesoramiento es totalmente gratuito y te invitamos a ponerte en contacto con nosotros en el 914351078.

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lourdes 9 junio, 2011 en 16:54

Hola buenas tardes, mi consulta es la siguiente mi esposo sufrio un accidente laboral el 10 de abril del 2010 el cuál fue por falta de medidas de seguridad con un recargo del 40% sobre las prestaciones al ser el accidente grave y tuvo politraumatismos de tibia y peroné, dos costtillas rotas, fractura de escapula derecho, contusión hepática severa. el 20 enero 2011 fue dado de alta por la mutua para trabajo habitual, y el por su cuenta ha solicitado pasar el evi quedando como secuelas lesiones permanentes no invalidantes; secuelas leves de Fx tibio-peroneal derecha IQ con algias a nivel de tobillo para ultimos grados. Sin limitacion de movilidad. BM 5/5, diversas cicatrices. traumatismo abdominal con contusion hepática severa y algias hipocondrio derecho,eco normal con enzimas levemente alteradas, en resolución hepatitis viral desde 2011. Me gustaria saber cuanto aproximadamente sera su indemnizacion teniendo en cuenta que estuvo hospitalizado 24 días y fue dado de alta médica el 20 de enero del 2011. Cabe indicar que al final de mes le quitaran el material de osteosintesis de la tibia. Le agradezco de antemano

Responder

ixa 10 junio, 2011 en 8:57

Lourdes, antes de comentar el tema de la indemnización por accidente laboral, me gustaría indicarte que si no han pasado más de 30 días desde que os fue notificada la resolución del evi, todavía estamos a tiempo para que, gratuitamente por supuesto, nuestro equipo médico valore si efectivamente a tu marido no le correspondería una incapacidad permanente parcial en vez de lesiones permanente no invalidantes y por lo tanto le correspondería una indemnización a tanto alzado de 24 mensualialidades. Si estamos aún en plazo te invito a que nos mandes la resolución y el informe de síntesis (tienes que pedirlo en el lugar donde pasó tu ,marido el tribunal médico) para nuestra valoración.

En cuanto a la indemnización por accidente laboral, parece claro que tu marido si tiene derecho a reclamar a la empresa y a su seguro si lo tuviera, la cantidad no se puede estimar con tan poca información pero me aventuro a asegurar que estamos ante una indemnización de entre 20.000 y 50.000 euros pero como te comentabamos al principio de la respuesta si se le reconoce algún tipo de incapacidad permanente ya sea parcial o total, la indemnización se podría ver duplicada…

Facilítanos un teléfono de contacto o llámanos al 914351078 y te asesoraremos con mayor profundidad acerca de los pasos a seguir para reclamar lo que os corresponde…

Responder

Unai 13 abril, 2011 en 18:19

En noviembre del pasado año tuve un accidente de trafico en itinere, la culpa fue de otro vehículo que me dio de frente, he sufrido fractura de esternón, aplasta-miento de dos vertebras y fractura de otra, fractura del sacro, 3 fracturas de cadera, fractura de fémur al que me han tenido que meter un hierro de 36cm por dentro del hueso dos tornillos para fijarlo y otro de 12cm para sujetar la cabeza del fémur, en el tobillo derecho una fractura de astrágalo que me operaron para poner un tornillo, en el pie izquierdo una luxación que me operaron para ponerme 4 tornillos para redirigirme los tarsos y los metatarsos, y todavía puede que me operen otra vez para quitarme algún hierro, ¿en cuanto se podría valorar esto calculando +- año y medio de baja?

Responder

ixa 3 mayo, 2011 en 15:18

Unai, ante todo te deseamos una pronta recuperación y mucha paciencia para aguantar una recuperación tan larga. Nosotros tenemos un departamento especializado en lesiones graves como las tuyas y disponemos de la colaboración de un perito médico especialista en la valoración del daño corporal. Si nos facilitas los informes médicos que obran en tu poder con mucho gusto te podríamos hacer un cálculo aproximado de tu indemnización. Te adelanto de todas formas que unas lesiones como las tuyas no se pueden valorar definitivamente hasta que no se produzca la estabilidad lesional, y sobre todo hasta que no se determine el grado de incapacidad laboral que te puede llegar a quedar. Para que te hagas una idea, de hasta que punto puede influir la profesión a la hora del cálculo de una indemnización, que con esas lesiones, si tu profesión implica esfuerzos físicos y no puedes volver a trabajar en esa profesión pero si en otras distintas ( lo que se denomina incapacidad permanente total para la profesión habitual), tu indemnización podría verse incrementada en unos 60.000-80.000 euros.
Recuerda Unai que unas lesiones como las tuyas que pueden valorarse en más de 100.000 euros no pueden dejarse a la valoración arbitraria de las aseguradoras y sea hace aún más necesario que en los casos más leves la intervención de especialistas en accidentes de tráfico y en la valoración de las lesiones. Por ejemplo las secuelas psicológicas y el perjuicio estético pueden aumentar la indemnización en varios miles de euros si se saben acreditar correctamente.

Si quieres una valoración de tus lesiones gratuita y sin compromiso, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 914351078. Si finalmente decides contratar nuestros servicios no tienes que desplazarte para nada, ya que somos nosotros los que nos acercaríamos a tu domicilio a tramitar toda la documentación…

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Graciela Cruz Arias 2 mayo, 2012 en 2:48

me declararon invalidez permanente total y tengo 54 años,tuve un accidente en una moto,iba de pasajera y el coche contrario tubo la culpa, me reconstruyeron la rodilla,me pusieron un tornillo de 6mm, y un injerto ,me quede coja necesitando una muleta para caminar,no puedo subir ni bajar escaleras, ni caminar mucho,ni ponerme en cunclillas , estoy limitada la pierna y tengo una cicatriz de 10 cm.Cuanto me corresponde de indenminizacion, les agradecería me den la respuesta para yo tener conocimiento.

Responder

Indemnización por Accidente 7 mayo, 2012 en 20:59

Graciela, por unas lesiones así y por tu edad posiblemente estemos ante una indemnización de unos 100.000 euros pero claro para afinar más tendrías que ser valorada por nuestros peritos médicos para saber exactamente cuantos días de recuperación necesitastes, cual es el perjuicio económico que te produjo el accidente etc.

Suponemos que ya tienes el caso en manos de abogados pero por lo que vemos no son abogados especialistas en accidentes porque los que si lo somos tenemos una valoración por parte de nuestros peritos médicos desde el principio para así forzar a las aseguradoras a pagar adelantos económicos y a conseguir la máxima indemnización posible.
Recuerda que aunque estes con el abogado que te impone la aseguradora siempre te puedes cambiar si no estás contenta y tu aseguradora te tendrá que pagar la libre elección de abogado hasta el límite contratado en la póliza.

Si tienes más dudas ponte en contacto con nsootros en el 934147320 o en el 914351078

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Raquel romero quiñones 18 diciembre, 2010 en 19:25

Accidente en horario laboral,en C.C.Dia como cliente.
Tropecé con una caja vacía que estaba en el suelo.

Consecuencias:

Rotura del quinto metacarpiano con desplazamiento y operación.

Responder

Indemnización por Accidente 2 enero, 2011 en 21:27

Raquel, en principio puedes reclamar una indemnización por el accidente en el supermercado. Es fundamental que podamos probar que el accidente se ha producido en dicho supermercado. Si fue el samur a atenderte al propio centro, sería suficiente para poder acreditarlo.
Los supermercados tienen seguros de responsabilidad civil a los que se le puede reclamar la indemnización que te corresponde. Esta indemnización vendrá marcada por el tiempo de curación que requiera esa rotura, y por supuesto habrá que valorar las posibles secuelas que te puedan llegar a quedar incluido el perjuicio estético de la cicatriz de la operación.

Como recomendación para nuestros lectores tenemos que decir que si se sufre una caida en un establecimiento, hay que llamar siempre al samur para que emitan el informe acreditativo de haber sido atendido allí.Si el accidente es grave, se recomienda incluso llamar a la policía para que certifique las circunstancias en las que se produjo la caida.

Responder

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