Acerca de

Ha sufrido un accidente de tráfico o laboral con lesiones?

Indemnización por Accidente, permite que su indemnización sea negociada por un equipo inmejorable de abogados especialistas en la valoración y reclamación del daño corporal, asegurándole que recibirá la mejor indemnización posible.

* Estudiaremos su caso y le asesoraremos gratuitamente.
* Si tiene derecho a indemnización nuestros profesionales harán la reclamación que se adapte a su caso.
* No tiene que pagar nada, sólo si cobra una indemnización recibiremos un pequeño porcentaje previamente pactado, que en la mayoría de los casos será pagado por su aseguradora.
* Somos una empresa que trabaja a nivel nacional con un excelente porcentaje de resultados satisfactorios.
* Su reclamación será llevada por uno de nuestros abogados especialistas en la reclamación del daño corporal, el cual le asesorará en todo momento sobre las dudas tanto médicas como legales que le puedan surgir y le mantendrá informado de cada paso que se de en el procedimiento.
* Para recibir información sobre su reclamación simplemente llámenos o complete nuestro formulario on-line de una manera cómoda, sin compromiso y completamente gratis.
* En menos de una hora recibirá contestación que se adaptará a su caso y a la mejor manera de proceder ( sujeto a horarios).

{ 128 comments… read them below or add one }

conchi 2 diciembre, 2012 en 7:29

Por cieeto se me ha olvidado comentaros q si le tienen q operar porq le dan el alta para el tribunal?y q me informaseis ya q estamos muy perdidos.

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Maria 26 noviembre, 2012 en 14:15

perdona en el mensaje he puesto alta voluntaria… le dieron de alta, no la cogimos voluntaria.
gracias de antemano.

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pedro 17 noviembre, 2012 en 13:46

hola soy pedro le he mandado mas informacion a joseluis de mi caso

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carlos 16 noviembre, 2012 en 15:23

Hola, el 25 de octubre de 2011 sufrí un accidente de trabajo en mi empresa, cogiendo un peso se me depslazó una vertebra y tuvieron que operarme y fijarme 2 vertebras, me ha quedado una cicatriz de unos 15 cm en la espalda y todavia sigo de baja por que no me recupero, en la mutua me han hecho las pruebas para la invalidez, creo que permanente para mi puesto de trabajo, aparte de esto la empresa me despidió el 13 de julio de 2012. tengo 27 años y el accidente no fue en mi puesto de trabajo, que puedo hacer? que puedo reclamar?

gracias y un saludo

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Indemnización por Accidente 19 noviembre, 2012 en 13:40

Carlos, lo primero que deberíamos estudiar es la dinámica de su accidente, es decir si el accidente fue algo fortuito o por el contrario pudo haber sido evitado tomando las medidas de precaución adecuadas. En este último caso tendría derecho a una indemnización casi con seguridad. También habría que valorar la posibilidad de que le reconozcan algún tipo de incapacidad laboral por lo que también tendría derecho a algún tipo de indemnización o de pensión en función del grado de incapacidad…

Póngase en contacto con nosotros en el 914351078 y estudiraremos su caso con detenimiento y sin ningún coste.

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carlos 20 noviembre, 2012 en 12:29

el accidente fue al coger un peso, o por la repeticion de cogerlos, eran pesos de unos 70 u 80kgs a veces mas, a recoger entre dos personas desde el suelo directamente, existian puentes-grua pero muchas veces se usaban para otros fines y nos “pedian” que fuesemos rapido para no ralentizar la marcha de la empresa, si no se hacia el trabajo en 8 horas nos hacian quedarnos hasta la finalizacion del mismo, asi que era un arma de doble filo, o trabajas rapìdo o te quedas…

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Indemnización por Accidente 21 noviembre, 2012 en 9:18

Carlos, estará complicado demostrar la omisión de medidas de seguridad… Recibiste formación en prevención de riesgos laborales?

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Angel 2 octubre, 2012 en 22:27

Hoka el viernes sufri un atropello en un paso de peatones tengo hematomas inflamacion en las rodillas y dos brechas con 8 grapas y un esguince me gustaria saber que indemnizacion me corresponde no quiero que me estafe no quiero exacto sini una oscilacion entre tanto y tanto

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Indemnización por Accidente 4 octubre, 2012 en 14:20

Angel, resulta muy complicado decirte alguna cantidad con la poca información que nos das. te podemos decir que las brechas suponen un perjuicio esteético leve que se valroa de 1 a 6 puntos siendo cada punto unos 800 euros. Eso si no el lo mismo que las brechas sean en la parte de atrás de la cabeza que sean en la frente y visibles. En cuanto a las rodillas te tendrían que hacer una resonancia magnética para valroar el alcance de la lesión, puede ser simplemente las contusiones o puedes tener un ligamento tocado… la indemnización como ves puede variar muchísimo por lo que es absurdo esperar una oferta de la compañía porque cuando acudes a nosotros al final no podemos ayudarte con el seguimiento médico, a conseguir buenos informes que luego te consigan una indemnización mayor…

En cuanto a los días igual , cada día impeditivo se paga a unos 56 euros por lo que tampoco podemos saber de antemano si vas a tardar 30 días o 120 en curarte por lo que tu indemnización puede variar desde 1000 hasta 10.000 euros por poner como nos dices unas cifras…

No tienes más que echar un vistazo en este blog a los comentarios de la gente para darte cuenta que es un error dejar que sea la aseguradora la que te valore tus lesiones. nosotros nos aseguraremos de que cobres la máxima indemnización y creenos que se suele conseguir hasta dos y tres veces más de lo que suelen pagar las aseguadoras….

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ismael 7 septiembre, 2012 en 18:51

Me he olvidado decir que en el brazo derecho( soy diestro) ademas de las anteriores secuelas me han quedado una cicatriz de 15,5 cm, otra de 5cm x 3cm, otra de 4 cm y una cicatrices de quemadura de accido de 6cm x 5cm y otra cicatriz de los injertos de piel de 7cm x 7cm.

un saludo y gracias de antemano

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ismael 7 septiembre, 2012 en 18:44

Hola, en 2010 he tenido un accidente laboral, despues de 7 operaciones con resultado de artrodesis TOTAL de muñeca , varios injertos oseos y de piel, artrosis en el escafoide, muñeca dolorosa y que me afecta tambien a los huesos del carpo me han concedido una incapacidad permanente total con fecha de junio del 2012.
Se ha levantado acta de infraccion de inspaccion de trabajo con resultado de propuesta del 40% de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad a la cual la empresa a presentado alegaciones al INSS quedando en suspenso hasta QUE REVIDEN LAS ALEGACIONES y estamos a la espera.
a que indemnizacion por responsabilidad civil me podria enfrentar? tengo actualmente 33 años. un saludo y gracias

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Indemnización por Accidente 12 septiembre, 2012 en 10:01

Ismael, como bien dices parece claro que tienes derecho a una indemnización por responsabilidad civil de la empresa. La indemnización así a ojo será de entre 70.000 a 100.000 euros. Recuerda que no tienes que esperar a esas alegaciones para iniciar la reclamación. Si no lo has hecho ya habría que denunciar a la empresa cuanto antes. Es fundamental prever que la empresa pueda conseguir recurrir ese acta de infración. Por eso nosotros siempre trabajamos paralelamente en el juzgado de instrucción participando activamente en toda la instrucción del procedimiento, participando en la toma de declaraciones de testigos, responsables de la empresa, responsables de prevención etc.

No sabemos si ya tienes el caso en manos de un abogados especialista en accidentes laborales pero es mucho el dinero el que está en juego y la empresa luchará por no pagarte nada. Nosotros nos ponemos a tus disposición para lllevar a buen termino tu reclamación de indemnización….

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Pedro 23 julio, 2012 en 11:23

Buenos días.

En ese caso habría que esperar hasta que me vuelvan a operar y ver las secuelas definitivas, pero hasta que me vuelvan a operar, con la rehabilitación y todo el proceso habrá transcurrido mas de un año desde el accidente, y no quisiera que se me pasase el plazo (si lo hubiera) para reclamar. Me gustaría saber cual es la mejor opción, en su opinión.

Muchas gracias

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Indemnización por Accidente 28 julio, 2012 en 8:43

Pedro, en principio el plazo es el de un año desde la estabilización de las lesiones, pero no te recomendaríamos esperar tanto. Supongo que denunciar a la propia empresa no es una cosa fácil de decidir pero desgracidamente solo tendrás derecho a una indemnización siempre y cuando puedas demostrar que la empresa no tomo todas las medidas de prevención de riesgos laborales. Para demostrar esto lo más sencillo es presentar una denuncia en inspección de trabajo. Además si el inspector considera que la empresa no ha actuado conforme a la ley de prevención de riesgos laborales puede sancionar a la empresa con un recargo de prestaciones de entre el 30 y el 50% lo que significaría que te tendría que pagar ese incremento en tu salario durante tida la baja.

LLámanos y te explicaremos todas las posibilidades que tienes con más detalle

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Pedro 22 julio, 2012 en 21:56

Buenas tardes.

En primer lugar perdón por mi anterior mensaje ya que ya he visto en su pagina que solo cobran en función de la indemnización obtenida, cierto? Mi pregunta es que si la reclamación a la empresa también hay que esperar al alta definitiva o no es necesario, y, en caso de tener que esperar hay algún plazo desde que se produjo el accidente (3 de enero) o desde el alta. Y para terminar me gustaría saber si atienden en Santander.

Muchas gracias

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Indemnización por Accidente 23 julio, 2012 en 10:36

Pedro, la reclamación a la empresa hay que relizarla siempre lo antes posible, aunque lo que si es cierto es que no se puede calcular la indemnización y por tanto llegar a un acuerdo económico sin que se haya producido la estabilización de las lesiones, pero si estás interesado en contratar nuestros servicios es mejor que sea ahora que cuando te den el alta porque así también te podemos asesosar desde el punto de vista médico para que cuando te den el alta definitiva quede bien claro cuales son las secuelas que te hayan podido quedar.

Trabajamos en todo el territorio nacional y en Santander como en las otras localidades colaboramos con procuradores que nos agilizan los trámites sencillos de los juzgados y os asisten en los mismos salvo cuando son declaraciones importantes (por ejemplo la toma de declaración de testigos fundamentales o del encargado de seguridad de la empresa) y por supuesto el juicio que se desplaza uno de nuestros abogados especialistas desde Madrid o Barcelona.

Ponte en contacto con nosotros en el 914351078 y te explicaremos el procedimiento con más exactitud…

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