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	<title>Comentarios en: SEGURO DE CONVENIO</title>
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	<description>Indemnizacion Accidente Trafico - Abogados Indemnizaciones Accidentes</description>
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		<title>Por: Indemnización por Accidente</title>
		<link>http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/2012/04/30/seguro-de-convenio/comment-page-1/#comment-1756</link>
		<dc:creator>Indemnización por Accidente</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 27 Feb 2013 11:36:07 +0000</pubDate>
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		<description>Ali Akdi, seguramente tengas razón, habría que estudiar el convenio colectivo que regula tu profesión. Necesitamos que nos digas cual es este convenio y la provincia desde donde nos escribes por si acaso a parte del convenio a nivel estatal existe alguno provincial....</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Ali Akdi, seguramente tengas razón, habría que estudiar el convenio colectivo que regula tu profesión. Necesitamos que nos digas cual es este convenio y la provincia desde donde nos escribes por si acaso a parte del convenio a nivel estatal existe alguno provincial&#8230;.</p>
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		<title>Por: Ali Akdi</title>
		<link>http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/2012/04/30/seguro-de-convenio/comment-page-1/#comment-1746</link>
		<dc:creator>Ali Akdi</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 24 Feb 2013 18:06:53 +0000</pubDate>
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		<description>Hola mi caso es que sufrí una agresión con arma de fuego en mi puesto de trabajo cómo vigilante de seguridad en discoteca, por sentencia judicial y reconcida una incapacidad total para trabajo  habitual. Mi pregunta es él seguro de la discoteca no me tendría que indemnizar ya que por la agresión sufrí amputación de pierna derecha. Y también lo que veo en él foro, según convenio colectivo también posibilidad de indemnizar. Y si él plazo esta agotado pero esta él tema por vía penal aun se puede reclamar?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola mi caso es que sufrí una agresión con arma de fuego en mi puesto de trabajo cómo vigilante de seguridad en discoteca, por sentencia judicial y reconcida una incapacidad total para trabajo  habitual. Mi pregunta es él seguro de la discoteca no me tendría que indemnizar ya que por la agresión sufrí amputación de pierna derecha. Y también lo que veo en él foro, según convenio colectivo también posibilidad de indemnizar. Y si él plazo esta agotado pero esta él tema por vía penal aun se puede reclamar?</p>
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		<title>Por: Indemnización por Accidente</title>
		<link>http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/2012/04/30/seguro-de-convenio/comment-page-1/#comment-1708</link>
		<dc:creator>Indemnización por Accidente</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 16 Feb 2013 08:50:54 +0000</pubDate>
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		<description>Pedro, lo primero que habría que estudiar es cual es el convenio colectivo que regulaba la profesión de tu mujer. Si nos dices cual es y la provincia donde está domiciliada la empresa te diremos cual es la cantidad que le corresponde que normalmente se mueve entre los 20.000 -40.000 euros.
Ahora bien también sería interesante conocer cuales fueron las circunstancias que desencadenaron ese accidente laboral ya que si existió algún tipo de omisión en las medidas de seguridad tu mujer podría reclamar otra indemnización y está sería posiblemente de más de 300.000 euros....</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Pedro, lo primero que habría que estudiar es cual es el convenio colectivo que regulaba la profesión de tu mujer. Si nos dices cual es y la provincia donde está domiciliada la empresa te diremos cual es la cantidad que le corresponde que normalmente se mueve entre los 20.000 -40.000 euros.<br />
Ahora bien también sería interesante conocer cuales fueron las circunstancias que desencadenaron ese accidente laboral ya que si existió algún tipo de omisión en las medidas de seguridad tu mujer podría reclamar otra indemnización y está sería posiblemente de más de 300.000 euros&#8230;.</p>
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		<title>Por: Pedro</title>
		<link>http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/2012/04/30/seguro-de-convenio/comment-page-1/#comment-1698</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 Feb 2013 17:47:44 +0000</pubDate>
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		<description>Hola mi mujer le ha concedido la incapacidad permanente absoluta por accidente de trabajo que tengo que hacer gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola mi mujer le ha concedido la incapacidad permanente absoluta por accidente de trabajo que tengo que hacer gracias</p>
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		<title>Por: Indemnización por Accidente</title>
		<link>http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/2012/04/30/seguro-de-convenio/comment-page-1/#comment-1506</link>
		<dc:creator>Indemnización por Accidente</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 08 Jan 2013 14:14:58 +0000</pubDate>
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		<description>Elena , ahora todas las incapacidades son revisables... por lo que es una excusa que usan las aseguradoras para no pagar... Nosotros te la reclamamos sin problema alguno y sólo te cobraremos el 10% de la cantidad que se consiga... 

LLámanos al 914351078 o 934147320 y verás como cuando intervengamos nosotros acabarán pagando lo que te corresponda por el convenio...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Elena , ahora todas las incapacidades son revisables&#8230; por lo que es una excusa que usan las aseguradoras para no pagar&#8230; Nosotros te la reclamamos sin problema alguno y sólo te cobraremos el 10% de la cantidad que se consiga&#8230; </p>
<p>LLámanos al 914351078 o 934147320 y verás como cuando intervengamos nosotros acabarán pagando lo que te corresponda por el convenio&#8230;</p>
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		<title>Por: elena</title>
		<link>http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/2012/04/30/seguro-de-convenio/comment-page-1/#comment-1488</link>
		<dc:creator>elena</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 02 Jan 2013 20:46:04 +0000</pubDate>
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		<description>hola mi problema es que tengo reconocida una itp revisable y el seguro deniega el pago por este motivo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola mi problema es que tengo reconocida una itp revisable y el seguro deniega el pago por este motivo</p>
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		<title>Por: LELE</title>
		<link>http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/2012/04/30/seguro-de-convenio/comment-page-1/#comment-1343</link>
		<dc:creator>LELE</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 18 Nov 2012 13:11:22 +0000</pubDate>
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		<description>HOLA TUVE UN ACCIDENTE LABORAL EL 1997 Y EN EL AÑO 200 SALIO LA SENTENCIA ACTUALMENTE TENGO RECONOCIDA UN INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, PERO HACE POCO ME ENTERE DE QUE TENIA DERECHO A UNA INDENIZACION POR PARTE DEL SEGURO, QUE DERECHO TENGO A RECLAMAR ACTUALMENTE Y QUE PUEDO HACER, GRACIASS</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA TUVE UN ACCIDENTE LABORAL EL 1997 Y EN EL AÑO 200 SALIO LA SENTENCIA ACTUALMENTE TENGO RECONOCIDA UN INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, PERO HACE POCO ME ENTERE DE QUE TENIA DERECHO A UNA INDENIZACION POR PARTE DEL SEGURO, QUE DERECHO TENGO A RECLAMAR ACTUALMENTE Y QUE PUEDO HACER, GRACIASS</p>
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	<item>
		<title>Por: Indemnización por Accidente</title>
		<link>http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/2012/04/30/seguro-de-convenio/comment-page-1/#comment-1029</link>
		<dc:creator>Indemnización por Accidente</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 28 Jun 2012 10:11:11 +0000</pubDate>
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		<description>Jose Mª he borrado tus datos del blog para que permanezcas en el anonimato, pero te llamamos en breve y te explicamos como proceder... Ahora le echamos un vistazo al convenio y si es como tu dices seguro que tendrás derecho a indemnización....</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Jose Mª he borrado tus datos del blog para que permanezcas en el anonimato, pero te llamamos en breve y te explicamos como proceder&#8230; Ahora le echamos un vistazo al convenio y si es como tu dices seguro que tendrás derecho a indemnización&#8230;.</p>
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		<title>Por: Jose Maria Lopez Pujol</title>
		<link>http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/2012/04/30/seguro-de-convenio/comment-page-1/#comment-1028</link>
		<dc:creator>Jose Maria Lopez Pujol</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 28 Jun 2012 07:45:53 +0000</pubDate>
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		<description>Jesus resido en Sabadell (Barcelona) pero la empresa de seguridad en que trabajo la sede la tiene en Madrid.,en el convenio colectivo de seguridad privada en el art. 60 textualmente dice: derivdo de accidente sea o no laboral........ahora me encuentro que la empresa Casesa, a la cual e solicitado poliza y recibo , me da la impresion que  me esta dando largas.....mi movil xxxxxxxxxxx, cual seria la indemnizacion aproximado, cuales son sus honorarios, estoy a la espera del certificado de incapacidad permanente absoluta.
espero sus noticias en mi email:xxxx@gmail.com</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Jesus resido en Sabadell (Barcelona) pero la empresa de seguridad en que trabajo la sede la tiene en Madrid.,en el convenio colectivo de seguridad privada en el art. 60 textualmente dice: derivdo de accidente sea o no laboral&#8230;&#8230;..ahora me encuentro que la empresa Casesa, a la cual e solicitado poliza y recibo , me da la impresion que  me esta dando largas&#8230;..mi movil xxxxxxxxxxx, cual seria la indemnizacion aproximado, cuales son sus honorarios, estoy a la espera del certificado de incapacidad permanente absoluta.<br />
espero sus noticias en mi email:xxxx@gmail.com</p>
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	<item>
		<title>Por: Indemnización por Accidente</title>
		<link>http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/2012/04/30/seguro-de-convenio/comment-page-1/#comment-1000</link>
		<dc:creator>Indemnización por Accidente</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 18 Jun 2012 05:29:31 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.indemnizacionporaccidente.com/blog/?p=392#comment-1000</guid>
		<description>Jose Mª, generalmente la mayoría de los convenios establecen indemnizaciones por incapacidad o muerte sólo para los casos de accidente laboral, pero nos consta que algunos si que contemplan indemnizacines por seguro de convenio para accidentes no laborales y este podría ser tu caso... Lamentablemente no nos sabemos de memoria todos los convenios ya que cada profesión en cada de una de las distintas comunidades autónomas establecen convenios distintos, pero con mucho gusto te podemos asesorar gratuitamente acerca de si tienes derecho a una indemnización. Y por supuesto si la hay te podemos ayudar a reclamarla.
Simplemente necesitamos que nos digas la ciudad desde donde nos escribes y la fecha en la que te reconocen la incapacidad.

Lo mejor sería que nos llames al 914351078 y preguntes por Jesús Pascual o nos escribas a clientes@indemnizacionporaccidente.com

Recuerda que podrías tener derecho a otras indemnizaciones por cualquier otro seguro asociado a las tarjetas de crédito, al seguro del hogar etc</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Jose Mª, generalmente la mayoría de los convenios establecen indemnizaciones por incapacidad o muerte sólo para los casos de accidente laboral, pero nos consta que algunos si que contemplan indemnizacines por seguro de convenio para accidentes no laborales y este podría ser tu caso&#8230; Lamentablemente no nos sabemos de memoria todos los convenios ya que cada profesión en cada de una de las distintas comunidades autónomas establecen convenios distintos, pero con mucho gusto te podemos asesorar gratuitamente acerca de si tienes derecho a una indemnización. Y por supuesto si la hay te podemos ayudar a reclamarla.<br />
Simplemente necesitamos que nos digas la ciudad desde donde nos escribes y la fecha en la que te reconocen la incapacidad.</p>
<p>Lo mejor sería que nos llames al 914351078 y preguntes por Jesús Pascual o nos escribas a <a href="mailto:clientes@indemnizacionporaccidente.com">clientes@indemnizacionporaccidente.com</a></p>
<p>Recuerda que podrías tener derecho a otras indemnizaciones por cualquier otro seguro asociado a las tarjetas de crédito, al seguro del hogar etc</p>
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