¿ Se puede reclamar una indemnización como pasajero de un transporte público? ¿Se puede reclamar una indemnización por el seguro obligatorio de viajeros y otra indemnización por la responsabilidad civil?
Una de las consultas más habituales que recibimos en Indemnización por Accidente son relativas a reclamar una indemnización por un accidente ocurrido en un transporte público, generalmente en autobús.
Los accidentes en autobús de pasajeros son bastante frecuentes principalmente debidos a la velocidad inadecuada por parte del conductor, lo que suele provocar frenazos bruscos que hacen que los pasajeros caigan al suelo o sufran lesiones en el hombro al tratar de evitar la caida asíendose a la barra. Es muy importante señalar que ante una lesión producida en el autobús, es fundamental que quede constancia de que las lesiones se han producido en ese accidente. Para acreditar la relación de causalidad entre el accidente y las lesiones es importantísimo que exista un informe de la policía o un parte asistencial del SAMUR o servicio de urgencia. NUNCA hay que bajarse del autobús sin que el conductor tenga conocimiento de que se ha producido alguna lesión puesto que así sería imposible poder reclamar indemnización alguna ni como SOV (seguro obligatorio de viajeros) ni como RC (responsabilidad civil).
La siguiente duda que nos gustaría aclarar es que las dos indemnizaciones son compatibles, es decir, en un accidente en transporte público se podrá cobrar una indemnización por el SOV y otra por RC:
| Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del seguro obligatorio de viajeros. |
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Reglamento del seguro obligatorio de viajeros
TÍTULO PRELIMINAR.
DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VIAJEROS.
Artículo 1. Finalidad del seguro.
El seguro obligatorio de viajeros tiene por finalidad indemnizar a éstos o a sus derechohabientes, cuando sufran daños corporales en accidente que tenga lugar con ocasión de desplazamiento en un medio de transporte público colectivo de personas, siempre que concurran las circunstancias establecidas en este reglamento.
Artículo 2. Naturaleza del seguro.
1. El seguro que se regula en este reglamento tiene carácter obligatorio y ampara a todo viajero que utilice medios de locomoción destinados al transporte público colectivo de personas.
2. El seguro obligatorio de viajeros constituye una modalidad del seguro privado de accidentes individuales, compatible con cualquier otro seguro concertado por el viajero o a el referente.
3. El seguro obligatorio de viajeros no libera a las empresas transportistas, a los conductores de los vehículos, o a terceros de la responsabilidad civil en que, dolosa o culposamente, pudieran incurrir por razón del transporte de personas, ni las prestaciones satisfechas por razón de dicho seguro reducen el importe de la expresada responsabilidad.
4. El seguro se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro, por este reglamento y demás disposiciones que le sean de aplicación.

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Hola, hace unas dos semanas tuve un accidente en el autobús que cojo para ir desde mi pueblo a la ciudad donde estudio los fines de semana. El conductor dio un frenazo brusco y tuvimos un golpe frontal con un turismo.
Unas horas después del accidente, no tenía dolores ni contusiones, por lo que no fui a urgencias, pero a la mañana siguiente me levanté con el cuello dolorido y a día de hoy me molesta bastante.
Mis familiares y amigos me han dicho que debería pedir una indemnización, porque se me nota el cuello y el hombro inflamados, pero yo no sé si ahora que han pasado unas 2 semanas serviría de algo. ¿Qué puedo hacer?
Gracias.
Hola, quería hacerles una consulta sobre un accidente sufrido en un autobús urbano de la empresa EMT Valencia:
El autobús (06/03/2012) efectúa un frenazo muy brusco, a consecuencia del cual salgo despedido alrededor de 1.5 metros impactando con el suelo del autobús, resultando contusionado y observando desde el principio un agudo dolor en el brazo y pierna izquierda, así como en los dos tobillos.
No he observado la causa del accidente, pero varios viajeros manifiestan que un vehículo se ha cruzado de improviso al autobús para maniobrar a la derecha. Desconozco si la responsabilidad del siniestro es del conductor del autobús o del vehículo particular.
Ante mis inmediatas manifestaciones de dolor un pasajero me recomienda que tome los datos del autobús y del conductor. Le comunico al conductor del autobús que me encuentro mal y que si persisten los dolores acudiré al servicio de urgencias del Hospital la Fé de Valencia.
El conductor me indica que ha tomado la matrícula del vehículo y que va a proceder a denunciarlo, asimismo se apunta mis datos personales y pregunta a los viajeros si alguien ha visto la maniobra irregular del otro vehículo, varios pasajeros declaran haberlo visto y el conductor del autobús toma un testigo, el cual le proporciona sus datos personales. El conductor me proporciona el teléfono de atención al cliente de la EMT para que me ponga en contacto con la empresa, así como sus datos y los del autobús.
Al llegar a mi domicilio, con problemas ya que manifestaba fuertes dolores en ambos tobillos, pierna izquierda y espalda, procedo a telefonear al servicio de atención al cliente de la EMT que me ha proporcionado el conductor del autobús, para consultarles si tienen alguna mutua o servicio médico concertado para que revisen mi estado físico. Se limitan a comunicarme que me ponga en contacto, una semana más tarde, con su compañía de seguros.
Me pongo en contacto telefónico con mi esposa, la cual me traslada en nuestro vehículo particular al servicio de urgencias del Hospital la Fé de Valencia donde soy atendido dos horas después del accidente.
Puesto en contacto con la aseguradora ésta afirma desconocer el hecho, por lo que presento por registro de la EMT la declaración de accidente de tráfico que me había sido requerida por el Hospital.
¿Tengo alguna posibilidad de reclamar una indemnización por el período de baja médica? Al parecer el conductor me engaño y no presento el parte de accidente, o la seguradora esta tratando de darme largas.
Un saludo
Javier, sería una jugada muy sucia por parte del conductor del autobús… pero desgraciadamente en 10 años nos hemos encontrado con situaciones iguales e incluso peores. Sin embargo nos inclinamos por pensar que si tiene testigos de que la culpa no ha sido suya sino de otro vehículo e incluso tienen la matrícula no creo que no tenga intención de dar el parte a la EMT, pero resulta raro que no lo haya hecho en 1 mes. Se nos ocurre que intentes localizar al conductor y te lo eches a la cara a ver porque no ha dado parte. Esto no suele resultar dificil puesto que los conductores suelen ser los mismos en las mismas lineas por lo que esperar un par de horas en una parada supone ver a todos los conductores de esa linea.
Si no tenemos testigos, no vale con tener el nombre del conductor y la matrícula para poder reclamar una indemnización….
Hola, gracias por la rápida respuesta. Sigo sin noticias del conductor de la aseguradora. pero acabo de recordar que conservo la nota manuscrita en la que el conductor escribió y me indico sus datos y del autobús (nº línea, turno, nº conductor y del vehículo, hora del siniestro y nº te atención al ciente). ¿puede esta nota tener algun valor trás una prueba caligráfica?
Un saludo y gracias de nuevo.
Hola buenas el otro dia hace una semana y poco al bajar del bus con mi novia que la estaba ayudando a bajar el busero nos cerro las puertas cuando estabamos bajando (y aun quedaban dos señoras por bajar detras nuestra) y quedamos atrancados en el medio los dos cojiendonos uno por el lado izquierdo y al otro por la derecha, yo le pegue a la puerta y la empuje con el hombro por el cual me habia cojido para que se abriese y poder salir acto seguido llamamos a los buses y nos mandaron para urgencias y a los dos dias fuimos a protestar a sus estancias para que se hiciese cargo su seguro el cual aun no nos llamo… nos mandaron a reabilitacion durante dos tres semanas debido a que nos ha producido contracturas y daño lumbar y cervical ¿es posible una reclamacion?
Borja, las reclamaciones a las aseguradoras de los autobuses urbanos son de lo más complejas. De hecho te podríamos contar mil y una trampas y mentiras que hemos sufrido enfrentandonos a la EMT y las distintas compañias privadas de transporte. En vuestro caso parece que al menos el accidente si está reconocido como que si se ha producido por lo que posiblemente no sea tan complicado reclamar la indemnización. Poneros en contacto con nosotros y os asesoaremos y estaremos encantados de reclamar vuestra indemnziación
Buenos días:
mi madre, de 67 años, sufrió un accidente en un autobús de línea y está hospitalizada con la rotura de una vértebra que va a requerir al menos dos semanas de estancia en el hospital y más de un mes de reposo. La aseguradora del autobús niega tener conocimiento del hecho aunque se personaron tanto ambulancia como guardia urbana. ¿Qué podemos hacer para reclamar una indemnización que cubra gastos de asistencia y de eventuales traslados?
Laura, si teneis un informe de la ambulancia y un atestado policial, vemos grandes posibilidades de poder reclamar exitosamente una indemnización. Además la fractura de vertebras ya es una secuela de por vida y además supongo que tu madre tendrá que llevar un corse durante varios meses por lo que estamos hablando de una indemnización de entre 10.000 y 20.000 euros.
Poneos en contacto con nosotros y presentaremos la pertinente denuncia en el juzgado correspondiente solicitando que tu madre sea reconocida por un médico forense adscrito al juzgado para que haga un seguimiento de la evolución de sus lesiones y las valore de forma objetiva para el posterior cálculo de su indemnización. Me temo que este tipo de reclamaciones acaba casi siempre en juicio y puede tardar un año facilmente…. Sería muy interesante poder contar con algún testigo si el atestado no fuera del todo concluyente…
Nuestro teléfono es el 914351078 o 934147320
El dia 23 de abril al bajar del tren en la estación de Villaverde-Bajo en Madrid, por una arqueta que estaba en muy mal estado y que justo coincidió con la puerta por donde yo salía, me caí al suelo del anden, me dañé el tobillo, me tuvo que atender el SAMUR, me hizo parte , (esto sucede en el transcurso del viaje a mi trabajo), el diagnostico es un esguince de segundo grado en el tobillo y estoy de baja, he puesto una reclamación en la RENFE, ( por cierto los operarios de Renfe acuden en primer lugar a ayudarme).
Lla reclamación que yo he firmado es para la aseguradora CASER y una semana despues todavía no se han puesto en contacto, no se si tengo que realizar algún otro tramite, ¿Qué derechos tengo en este caso?
María Caser es la aseguradora del Seguro obligatorio de viajeros SOV, cuy baremo no contempla los esguinces como indemnizables como podrás comprobar en el baremo del seguro obligatorio de viajeros.
Otra cosa sería si se pudiera apilcar el baremo de responsabilidad civil pero en tu caso no parece claro que pudiera tener viabilidad esta reclamación…
Buenos días, ayer viajaba en un autobús interurbano y tuvo que dar un frenazo brusco para no colisionar con un vehículo. Viajaba con mi hijo e íbamos los dos con el cinturón de seguridad pero yo me hice daño en el cuello. Hablé con el conductor que me dijo que iba a dar parte del incidente y anotó mis datos personales. Por la tarde tuve que ir al servicio de urgencias porque me dolia bastante mas el cuello y me diagnosticaron contractura cervical. Hoy a parte de estar más dolorida, me ha comenzado a doler la parte baja de la espalda. Se ha puesto en contacto conmigo la policia local de mi localidad para hacer el informe de atestados. ¿Que debo hacer con los nuevos dolores que tengo? ¿ Voy a mi medico de cabecera o al hospital? ¿ y con el informe de atestados? Muchas gracias.
Carol, en casos como el tuyo lo que siempre recomendamos es presentar una denuncia en el juzgado solicitando que un médico forense valore tus lesiones , el tiempo de curación de las mismas y las posibles secuelas que te pudieran llegar a quedar (cervicalgia). Una vez que ya has ido la primera vez aurgencias lo normal es ir al médico de cabecera.
Nosotros estaremos encantados de reclamar la indemnización que te corresponda. Ponte en contacto con nosotros en el 914351078 y te explicaremos con mayor profundidad los pasos a seguir en el tema médico y jurídico
hola
en marzo de este anyo he sufrido un accidente en autocar internacional que el autocar salio de la autovia y choco con una roca y me he roto el tobillo me operaron y me usaron una placa y 6 tornillos en mi pie y me gustaria saber que derechos tengo ??
gracies……
Ibra, como pasajera del autobús siempre tienes derecho a una indemnización. La única particularidad que puede tener la reclamación de tu indmenización es si el accidente se ha producido en otro país, pero incluso en este caso te podríamos reclamar la indemnización que te corresponda. Por las lesiones que comentas podemos estar hablando de una indemnización de 10.000 a 20.000 euros… siempre y cuando no te queden unas secuelas importantes que te pudieran afectar a tu vida laboral…
LLámanos al 934147320 o al 914351078 y te asesoraremos acerca de como empezar la reclamación…
hola, el sabado por la tarde nos fuimos un grupo de padres y niños a la playa en un autobus contratado por el Club de taekwondo donde van los crios. Al volver mi hijo de 8 años se ha lisiado la rodilla con un hierro que habia entre asiento y asiento (supuestamente el soporte del cierre del cinturon de seguridad) con lo que le han tenido que dar 3 puntos en la herida incisocontusa con perdida de sustancia y separacion de bordes segun el informe del centro de salud. Quisiera saber si esto es reclamable, en principio hemos hablado con la empresa de autocares y no ponen ningun problema para dar el seguro o lo que haga falta, estan 100% en regla, y ademas hay amistad por parte del club y esta empresa.
Saludos
Marcos no me parece mal que presenteis una reclamación extrajudicial a la aseguradora, ciertamente es que por vía judicial nunca os aconsejaríamos reclamar una cosa así que, posiblemente no tenga una valoración mayor de 1000 euros por el perjuicio estético que le pudiera quedar en el futuro. No es fácil predecir como va a reaccionar la aseguradora pero posiblmente dandote largas, pero merece la pena que lo inetentéis.
buenas
sufrí un accidente en autocar que salio de la autovía y me ha roto el tobillo
ahora ya lo tengo operada y me usaron un placa con tornillos .ahora ya llevo 4 meses y todavía no tengo el alta ( no trabajaba ).
a mi me han dicho que me van a pagar los días de baja solo es cierto?? y que derecho tengo??
gracias
Contestando a la consulta de Kiko, los días de baja no son más que una pequeña parte de la indemnización que puedes reclamar. Además como no trabajas hay que conseguir un cálculo objetivo de cual es el número de días que no puedes trabajar. Pero además de estos días te tienen que pagar por el perjuicio estético que supone la cicatriz en el tobillo, que aunque sea considerado leve te aumentará la indemnización hasta en 1500 euros aprox. Además la placa. aunque se tenga que retirar en un tiempo, se considera también una secuela, material de osteosíntesis que también aumentará la indemnización. Y por supuesto la secuela funcional que puedan suponer los dolores, molestias con el cambio del tiempo o incluso si es el caso, limitaciones en alguno de los distintos movimientos del tobillo. Eso sin contar cualquier otro tipo de gasto que te haya supuesto el accidente, desde medicación, transporte, tobilleras etc…
Como verás la reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico no es tan sencillo como las aseguradoras nos quieren hacer ver. Se basa en el principio de restitutio in integrum, es decir que te tienen que dejar como estabas o al menos compensarte por todos los sifrimientos presentes y futuros… y obviamente no sólo se contempla el tiempo de baja.
Afortunadamente estás todavía dentro de los 6 meses en los que podríamos presentar una denuncia y solicitar que las lesiones no sean valoradas por la aseguradora sino por un médico del juzgado que en un par de meses valoraría tus lesiones y después calcularíamos la indemnización que te corresponde y nos aseguraríamos que te pagan la indemnización correcta.
LLámanos al 914351078 y te asesoraremos en profundidad
BUENAS TARDES,
EL DIA 10 DE DICIEMBRE 2012 SUFRO UN ACCIDENTE DE BUS..EL BUS DONDE YO VIAJABA HA DECIDIDO “APAQRCAR” DENTRO OTRO BUS QUE STABA EN MANIOBRA.
DEBIDO AL GOLPE MI VECINO DE ASIENTO DECIDIO BIEN DE AMARRARSE A MI CUELLO…AL PRINCIPIO FUE UN DOLOR LEVE.
BAJE DEL BUS CON PRISA ( PARA NO LLEGAR TARDE AL TRABAJO) LA NOCHE FATAL..SIN DORMIR ME FUI A URGENCIA DONDE ME DICEN QUE TENGO UNA CERVICAL CAUSADA POR EL GOLPE.
ME DICEN DE CONTACTAR CON EL SEGURO DEL BUS (MAPFRE) DECLARO LO SUCEDIDO Y ME DICEN QUE EN POCOS DIAS ME LLAMARAN DESDE EL CENTRO MEDICO DEL SEGURO PARA VER EL MEDICO Y HACER REABILITACION.
PASA CASI UN MES Y NADIE ME LLAMA ASI HE DECIDIDO VOLVER A MAPFRE.
ME DICEN QUE MI NUMERO NO ESTABA BIEN PUESTO..
(CUANDO ERA PERFECTO..SOLO QUE ELLOS NI ENTENTARON LLAMARME) AHORA ESTOY CON REABILITACION.
LA PREGUNTA DESPUES DE TODO MI ESCRITO ES…COMO PEDIR LA INDEMNIZACION…..Y COMO SE CALCULA? LOS SEGUROS ULTIMAMENTE SON MUY BUENOS PARA ” NO PAGAR”
…SALUDOS A TODOS
David, efectivamente si dejas el tema en manos de la aseguradora del autobús no te van a hacer ni caso ya que lo mejor para ellos es no gastarse dinero en rehabilitación ni en pagar indemnizaciones. Nosotros te podemos ayudar a conseguir la indemnización y el tratamiento médico acorde con tus lesiones. En cuanto a como se calcula la indemnización existen unos baremos que establecen unas cantidades diarias por día impeditivo y no impeditivo y una puntuación por cada una de las secuelas. Un esguince cervical suele rondar los 3000-6000 euros… LLámanos y te ayudaremos a reclamar la máxima indmenización posible. 914351078-934147320
Hola:
Hace unos dias sufri una caida al bajar de un tren. La puerta de mi vagon quedo situada a la altura del rebaje existente en la estación para facilitar el paso entre andenes, y este rebaje no esta ni indicado, ni iluminado.
Me hice un esguince de grado 2, y tuve que guardar reposo, que coincidio con un periodo de vacaciones que estaba disfrutando, por lo que no he llegado a coger la baja.
En la estación presente una reclamación, pero en ningún momento se me informo del tramite a seguir (rellenar formulario de accidentes, comunicar en el hospital que la caida habia sido bajando del tren,…).
Para complicar más las cosas, yo no estoy afiliado a la seguridad social, sino que tengo un seguro privado, que hasta el momento se esta haciendo cargo de todos los gastos, incluida la visita al servicio de urgencias del hospital de la seguridad social de la localidad donde me cai.
Actualmente estoy realizando sesiones de rehabilitación para recuperar el tobillo, que paga mi compañia.
No se que derechos tengo en este caso, o si merece la pena reclamar ante la renfe.
Muchas gracias
Charo, honestamente no te merece la pena iniciar acciones legales. Afortunadamente tus lesiones son de poca entidad y no tendrían una indemnización superior a 600 euros y los gastos de procedmiento son superiores a esa cantidad (perito médico, abogado etc)
Mi padre sufrió un duro accidente dentro de un autobús público debido a la negligencia del conductor, se comunicó la caida y se avisó a la ambulancia, como he de tramitar la petición de ambas indemnizaciones ( SOV y RC ). muchas gracias
Mary Carmen nos alegra que tengas tan claros cuales son vuestros derechos. Debes saber que generalmente la aseguradora del SoV (para el lector que no lo sepa es el seguro obligatorio de viajeros) y la de RC (responsabilidad civil) son distintas por lo que suele ser necesario hacer dos reclamaciones. Para el sov normalmente basta con una reclamación extrajudicial a través de un burofax y excepcionalmente con una pericial médica. Sin embargo para reclamar la indemnización derivada de la RC la denuncia penal es la más efectiva (te hablamos con la experiencia de más de 10 años y más de 5000 reclamaciones de indemnizaciones a nuestras espaldas).
Nosotros estaríamos encantados de asistiros en la reclamación desde nuestras oficinas de Madrid y con la colaboración de nuestro procurador en Córdoba. Tu padre no tendría que desplazarse para nada, ya que serían nuestros abogados y nuestro perito médico (si fuera necesario realizar una pericial) quienes se desplazarían. Sólo cobraríamos un porcentaje en función de la cuantía que se pueda conseguir.
Facilitanos un teléfono de contacto o llámanos al 914351078 y os asesoraremos con mayor profundidad
Buenas,
Me gustaría que me informarais si tengo derecho a indemnización por los daños causados en una caida en autobus de transporte publico. Ayer, que fue un día de lluvia, el suelo del bus estaba mojado y al montarme e ir al asiento arrancó el autobusm resbalé y me caí de culo. En el momento creí que fue algo superficial, pero ha sido algo más. Creo tener fractura de coxis y las cervicales resentidas. Esto fue ayer y va cada vez a peor. Como me han dicho que para los daños en coxis solo hay que guardar reposo y algún tranquilizante para las molestias no he ido al médico. Pero después de el día que estoy pasando y sentir que esto va para largo me gustaría saber que procedimiento hay si es que es posible la reclamación y que pasos he de seguir.
Muchas gracias,
Vanesa
Vanesa, por lo que intuyo tu reclamación tiene visos de tener poca viabilidad, pues creo entender que te bajaste del autobús sin dar parte del accidente. Si ha sido así te podemos garantizar que es practicamente imposible reclamar una indemnización…
como puedo reclamar el seguro de pasajeros:mi padre viajaba en el camion de transporte publico,se registro un asalto dentro del camion disparan y una bala perdida le toca a mi padre el cual muere.
hola, a mi me surge una duda, porque a mi madre le pasó un caso muy parecido, de fracturarse varias costillas por una colisión del autobus urbano con otro vehiculo. Al parecer el responsable del choque fue el otro coche. Por lo que leo en los comentarios, se puede reclamar no solo por el seguro obligatorio de viajeros, sino tambien por el de responsabilidad civil. Mi duda es, si la culpa fue del otro coche, se puede reclamar por responsabilidad civil contra la aseguradora de la compañia de bus, o se debe hacer contra la del otro??
Noe la indemnización principal es contra la aseguradora del otro vehículo. Esta será la indemnización más alta puesto que esta incluye los días de curación y las secuelas. La otra es la que se denomina indemnización por SOV (seguro obligatorio de viajeros) que como verás en el baremo del SOV como mucho le correspondería 1200 euros (más la actualización temporal… unos 1300) y no en todos los casos de fracturas costales…. Habría que mirar bien los informes médicos.
Como siempre te aconsejamos que te pongas en manos de abogados especialistas como nosotros y te invitamos a ponerte en contacto teléfónico y te asesoraremos gratuitamente