by Indemnización por Accidente on 14 febrero, 2012
Incapacidad temporal: Días impetivos vs Días no impeditivos
Como ya hemos explicado en varias ocasiones, la indemnización se compone de dos partes principales, la incapacidad temporal y la incapacidad permanente o secuela. La incapacidad temporal viene marcada por el tiempo de curación, es decir por el tiempo que transcurre desde el accidente hasta que la lesión se cura completamente o bien se produce la estabilización lesional con secuelas.
Pues bien, esta incapacidad temporal se divide en días de hospitalización, días impeditivos y días no impeditivos. Estos dos últimos son los que generan más discrepancia y los que suelen usar las aseguradoras para pagar indemnizaciones inferiores a las que realmente se merecen los lesionados en accidentes de tráfico.
Para diferenciar una consecuencia lesiva temporal como días impeditivos o como días no impeditivos deberá definirse la provocación o no , de un nivel objetivable y suficiente de incapacidad para desarrollar la actividad habitual. Es decir, definiremos domo “días impeditivos” aquel en que a los efectos de la lesión o su tratamiento impidan o contraindiquen la realización de las tareas principales de esa actividad u ocupación habitual.
Una indicación médica de “reposo” siempre debe valorarse como impeditivo
Definiremos como “días no impeditivos” aquel en que los efectos de la lesión o su tratamiento impidan o contraindiquen sólo los aspectos marginales de la actividad habitual, es decir que las lesiones limiten pero no imposibiliten la realización de las tareas principales de esa actividad u ocupación habitual.
Posiblemente entender la teoría no es del todo dificil, pero entender la aplicación practica y saber concretar cuando se produce la estabilización lesional…. se lo dejamos a nuestros médicos
febrero 14, 2012
by Indemnización por Accidente on 10 febrero, 2012
Se ha publicado esta semana el nuevo baremo que regula las indemnizaciones derivadas de accidentes de tráfico y accidentes laborales
Como cada año aproximadamente por estas fechas se publica el nuevo baremo que regulará las indemnizaciones para este año 2012.Este nuevo baremo va a provocar que las indemnizaciones por accidentes de tráfico aumenten un 2,4% para el año 2012.
Este incremento del 2,4% supone que por ejemplo la indemnización por día de hospitalización pase de los 67,98 según el baremo 2011 a los 69,61 de este baremo 2012.
El baremo es un sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a los lesionados en accidentes de circulación, conocido como el Baremo de accidentes, que determina en función de distintas variables, como la edad de la víctima o las lesiones sufridas en el accidente, la cuantía que las compañías de seguros pagan a la víctima o a sus familiares.
Aprovechamos la publicación de este nuevo baremo para recordaros a todos que este baremo 2012 no sólo se usa para los lesionados en accidentes ocurridos en el año 2012 sino también para todos los que, habiendo sufrido el accidente en el año 2011 por ejemplo, las lesiones se han estabilizado en el año 2012. Ponemos un ejemplo para facilitar su comprensión. Una persona sufre un accidente el 1 de octubre de 2011 y sufre una fractura de fémur que le mantiene de baja laboral hasta el 1 de febrero de 2012. En esa fecha es dado de alta por curación con secuela de material de osteosíntesis y perjuicio estético. Pues bien como las lesiones se han estabilizado en el año 2012 se aplicará el baremo 2012 aunque el accidente se haya producido en el 2011
Aquí os dejamos el link para el baremo 2012
febrero 10, 2012